La pérdida de un ser querido es, sin lugar a dudas, una de las situaciones más dolorosas por las que pasamos.

No obstante, es importante tener en cuenta que, hay una serie de trámites a realizar tras este suceso que son imprescindibles y obligatorios.

Vamos a ver los 5 pasos que debemos seguir para resolver correctamente una herencia

Certificado de defunción

El primer paso es la obtención del Certificado de Defunción, de últimas voluntades y del Registro de Seguros de Vida y Fallecimiento.

El certificado de defunción suele tramitarlo la empresa encargada del entierro.

El certificado de últimas voluntades y el de Seguros de Vida y Fallecimiento se obtiene en el Ministerio de Justicia aportando la siguiente documentación:

1. Modelo de tasas administrativas debidamente cumplimentado y pagado

2. D.N.I del fallecido

3. Original del Certificado de Defunción

El siguiente paso consiste en realizar la Declaración de herederos que ha de hacerla, necesariamente, un notario de la localidad en la que haya residido el fallecido, a no ser que, por vínculos de parentesco concretos, se deba hacer mediante declaración judicial.

Nota: este paso no sería necesario en caso de existir Testamento del Fallecido

El tercer paso es la obtención de la escritura de partición y adjudicación de herencia mediante la presentación de la siguiente documentación:

1. Acta de Notoriedad

2. Si existe testamento, una copia original del mismo

3. Inventario Valorado de bienes y derechos del fallecido

4. Caudal Hereditario

5. Partición de Herencia en función de la voluntad del testador y de la normativa relativa al Impuesto de Sucesiones

Liquidación del Impuesto de Sucesiones, siendo el plazo legal de 6 meses a partir de la fecha de fallecimiento.

Liquidación de la Plusvalía o Impuesto sobre el incremento del valor de los terrenos, siendo el plazo de 30 días naturales a partir de la fecha de formalización de la escritura de Adjudicación de Herencia.

Impuesto de Sucesiones

La tramitación de herencias tras el fallecimiento es obligatoria. En cualquier caso, en este artículo tienes toda la información que necesitas para saber los pasos a seguir.

No obstante, recomendamos consultar con un profesional que determine cada uno de ellos en función de las circunsantancias particulares de cada caso.